lunes, 22 de diciembre de 2014

IVA para autónomos, todo lo que debes saber

Si eres un profesional freelance o estás pensando en emprender una actividad por cuenta propia, en las previsiones que debe incluir tu plan de negocios anual, los impuestos que tendrás que soportar ocupan un lugar importante.

El IVA es uno de ellos y uno de los que, además, tiene especial repercusión en el día a día de un autónomo. Salvo que la actividad que desempeñes (venta de algún producto o servicio) esté exenta de IVA, este impuesto deberá figurar en todas tus facturas, tanto en las que emites a tus clientes, como en las que recibas de tus proveedores.

Actividad diaria de un autónomo


Haciendo esto, en realidad desempeñas el papel de "recaudador" de Hacienda debiendo "saldar cuentas" con ella al final de cada periodo establecido, es decir, tendrás que hacer un balance entre el IVA que tú has cobrado y el que te ha correspondido pagar. Según el resultado te tocará abonar (o percibir) la diferencia.

Si tienes dudas, lo mejor es asesorarte sobre la Ley del IVA – te dejamos una guía- para tener claro qué porcentaje te corresponde según tu actividad y cuándo y cómo realizar tus cobros y pagos.

Actualmente, hay tres tipos de IVA. El más bajo es el superreducido (4%), que llevan, por ejemplo, los productos básicos de alimentación (pan, frutas y verduras, leche...),  los libros, revistas y material escolar y también algunos servicios de teleasistencia.

Le sigue en la escala el reducido (10%), de aplicación en sectores como el transporte de viajeros, los hoteles y restaurantes o los servicios de recogida y tratamiento de residuos.

IVA para autónomos

Por último está el general (21%), que afecta a la gran mayoría de productos y actividades profesionales.

Es importante recordar que, tras la Reforma fiscal, recientemente aprobada, a partir de este Enero de 2015, ya a la vuelta de la esquina, el IVA va a experimentar ciertos cambios para adaptarse a la normativa comunitaria. Algunos afectan a las transacciones electrónicas (se deberá tributar en el lugar de origen del consumidor final) y  también a  las comunicaciones (radios, televisiones...). Otros suponen ligeras variaciones en el impuesto a aplicar sobre determinados productos y servicios. Infórmate y tenlo en cuenta de cara al año que viene.

Parte del trabajo de un autónomo (con o sin asesoría que le eche una mano) es llevar su propia contabilidad y tener al día sus declaraciones de IVA. Para hacerlo correctamente, los libros de registro de IVA son fundamentales. Tener un libro de facturas emitidas y otro de facturas recibidas es obligatorio. Si estás en el régimen normal de IVA, tendrás que contar, además, con un libro de registro de bienes de inversión.

A la hora de hacer tus declaraciones de IVA hay varias opciones según el régimen al que estés adscrito. Si estás en el general, puedes presentar el IVA de forma mensual o trimestral (presentando los impresos correspondientes) y además, a final de año tendrás que hacer la declaración anual (resumen de las anteriores). Si estás en el régimen especial simplificado, las declaraciones son trimestrales pero también requieren presentar un resumen final.

Saber lo que te corresponde pagar o abonar en cada caso es sencillo. Tendrás que restar al IVA repercutido (el que tú has cobrado a tus clientes) el IVA soportado (el que tú has pagado por adquirir mercancías, solicitar servicios necesarios para tu actividad, etc). El resultado, sin duda, influirá en tus cuentas anuales y en la buena marcha de tu actividad.

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