viernes, 5 de abril de 2013

Las consecuencias legales de trabajar gratis

Las consecuencias legales de trabajar gratis. Últimamente he notado que proliferan las ofertas para trabajar en una empresa de forma «voluntaria», es decir, sin cobrar un salario. Por supuesto, tampoco se formaliza contrato de trabajo alguno ni se da de alta al trabajador en la Seguridad Social. Además, debemos señalar que no se trata de actividades de voluntariado en el sentido tradicional del término (ONG o similares), ni de los denominados «trabajos amistosos, benévolos y de buena vecindad» mencionados en el artículo 1.3 d) del Estatuto de los Trabajadores (ET). Tampoco estamos ante períodos de formación, becarios, prácticas o figuras similares. Se trata simple y llanamente de trabajar gratis.

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